Nuestra Misión
Todos deberían tener el derecho de utilizar nombres comunes en la comercialización de alimentos muy conocidos y comidas preferidas. Pero ese derecho está bajo amenaza. El Consorcio para Nombres Comunes de Alimentos apoya, tal y cuando sean adecuadas, las indicaciones geográficas (IG) – es decir, los nombres asociados con los alimentos especializados que provienen de distintas partes del mundo – pero se opone a todo intento de monopolizar los nombres comunes (genéricos) que han pasado a formar parte del dominio público. Ante este contexto, el Consorcio busca promover la adopción de un modelo adecuado con la finalidad de proteger tanto las indicaciones geográficas legítimas como los nombres genéricos de alimentos.
Nuestra misión…
Proteger a nivel mundial el derecho de utilizar los nombres comunes de alimentos:
- Informando a los grupos de consumidores, las asociaciones de agricultores, los productores de alimentos y los funcionarios de la agricultura, el comercio y de la propiedad intelectual sobre el daño que se causará en sus propios países si los esfuerzos para restringir el uso de nombres comunes de alimentos no se controlan;
- Trabajando con estos grupos para proteger los nombres comunes de alimentos en los reglamentos nacionales y en los acuerdos internacionales y desafiar los intentos por parte de cualquier grupo de monopolizar los nombres genéricos;
- Desarrollando un ámbito de protección claro y razonable para las indicaciones geográficas al trabajar con líderes de la agricultura, el comercio y la propiedad intelectual; y
- Promoviendo la adopción de directrices para las IG que puedan servir como modelo y alto estándar alrededor del mundo.
Un modelo justo
El Consorcio considera que una lista de directrices a seguir podrían ser útil para establecer un modelo que proteja tanto los nombres comunes como las indicaciones geográficas legítimas que están vinculadas a los alimentos. Entre estas se considera:
- Requerir que una indicación geográfica incluya el nombre de la región o subregión donde se produce el producto y un segundo término que describe el producto (p. ej.: “Camembert de Normandía”, “papas de Idaho”, etc.);
- Mantener un fuerte vínculo con la indicación geográfica original que protege el término solamente en su lengua original y en la transliteración (p. ej.: Parmigiano Reggiano);
- Establecer puntos de referencia para identificar nombres comunes, tal como las normas de Codex Alimentarius u otras normas internacionales; uso del término en diccionarios y periódicos, descripciones del producto en las partidas arancelarias o en las notas explicativas; en los niveles y difusión de la producción global y en el comercio internacional, etc.;
- Brindar oportunidades a las partes interesadas alrededor del mundo para que comenten sobre las solicitudes que buscan establecer una indicación geográfica, con el fin de garantizar que los funcionarios tomen plena consideración de la petición y su impacto sobre los otros agricultores y productores de alimentos.